lunes, 20 de agosto de 2007

Funcionamiento de la democracia ateniense

A partir de las reformas de Clístenes, son muchos los autores que consideran que se inicia la democracia en Atenas. Las magistraturas eran electivas y los funcionarios elegidos por sorteo duraban generalmente un año en sus cargos y transcurrido ese lapso, la Asamblea juzgaba su actuación. El gobierno ateniense poseía las siguientes instituciones:

  1. El Arcontado. Con el desarrolloo de la democracia, los nueve arcontes tradicionales fueron perdiendo autoridad. Finalmente, conservaron ciertas atribuciones de carácter judicial y religioso.
  2. El Consejo (Bulé). Luego de las reformas de Clístenes lo integraban quinientos miembros, sorteados anualmente entre ciudadanos mayores de treinta años. Para deliberar, debido a su número, se dividían en diez secciones con cincuenta miembros cada una, que trabajaban una décima parte del año. El Consejo poseía amplias atribuciones, especialmente legislativas. Estudiaba todas las cuestiones de estado, preparaba y discutía los proyectos de ley y se ocupaba de las relaciones exteriores.
  3. La Asamblea del pueblo (Ecclesia). La componían todos los ciudadanos mayores de veinte años y era convocada, generalmente cada ocho días. Se reunía en el Ágora o en las proximidades de la Acrópolis. La Asamblea tenía la facultad de declarar la guerra, elegir anualmente los funcionarios y examinar su situación. Además era la encargada de ejecutar el ostracismo y otorgar la ciudadanía.
  4. Los estrategos. A partir del siglo V a.d.C., diez estrategos reemplazaron al arconte ptolemarca en el mando del ejército y las fuerzas navales. Podían ser reelectos, y en caso de guerra uno solo dirigía las operaciones. Con el transcurso del tiempo aumentaron su prestigio y algunos, como Pericles, ocuparon altos cargos de poder.
  5. El Areópago. A pesar de conservar su autoridad moral, en la práctica, perdió casi todas sus atribuciones. Juzgaba cierto tipo de crímenes, pero fundamentalmente cuidaba la educación y las costumbres.
  6. El tribunal de los Heliastas. Lo integraban seis mil jueces (seiscientos por tribu) sorteados entre los ciudadanos mayores de treinta años. Como era un cuerpo demasiado numeroso, para sus deliberaciones se dividía en diez secciones de quinientos miembros cada una y se elegían mil suplentes. Esta cantidad excesiva de jueces, fue perjudicial para el funcionamiento de la justicia. Las atribuciones judiciales de este órgano, eran amplias, pues entendía en casi todo tipo de crímenes, menos los asesinatos, que correspondían al Areópago.

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